Facturación: cambios en el régimen de emisión de comprobantes
ARCA modificó la normativa con el fin de implementar la liquidación electrónica mensual y ampliar la información fiscal. Se aplica a las operaciones realizadas a partir de julio de 2026.
Mediante la Resolución General 5824/26, publicada en el Boletín Oficial, se redujeron los sujetos exceptuados de la emisión de comprobantes.
El cambio amplía el universo alcanzado y elimina prácticas informales que persistían en ciertas actividades:
Directores de sociedades y socios gerentes deberán facturar
Quedarán obligados a emitir comprobantes electrónicos los Directores de Sociedades Anónimas (SA) y los socios gerentes de Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) por los honorarios derivados de esas funciones.
- Hasta ahora, en muchos casos, estos ingresos no requerían facturación sistemática.
La normativa exige además regularizar la situación impositiva. Deberán inscribirse formalmente ante el organismo y habilitar el punto de venta electrónico, aun cuando registren pocas operaciones anuales.
Honorarios judiciales bajo control electrónico
La resolución también incorpora a profesionales que intervienen en procesos judiciales.
- Abogados, peritos y auxiliares de la Justicia que perciban honorarios regulados en expedientes deberán emitir factura electrónica por cada importe cobrado, sin excepciones por modalidad de pago.
El organismo busca que esos ingresos queden plenamente identificados en el sistema. La registración permitirá que los montos se integren en las declaraciones impositivas automáticas, lo que facilitará cruces de información y controles fiscales posteriores.
Nuevos requisitos en facturas a consumidor final
Cuando el comprador pretenda computar la factura como deducción en el Impuesto a las Ganancias, será obligatorio consignar CUIT o CUIL en el comprobante, lo que refuerza la trazabilidad.
- Se fijó un umbral específico para identificar al adquirente.
En operaciones superiores a $10.000.000 será obligatorio detallar los datos identificatorios del cliente, sin posibilidad de emitir comprobantes anónimos por encima de ese monto.
Eliminación de dispensas y ampliación sectorial
Quedarán alcanzados por la obligación de facturación electrónica:
- Colegios privados, empresas de medicina prepaga y entidades civiles que perciban pagos directos de usuarios o afiliados, ampliando el control sobre servicios educativos y de salud.
